👉🏻 Esta medida aplicaría para 19 mil funcionarios del Estado que reciben un salario líquido mensual menor a ¢214.230.
La decisión se fundamenta en lo dictado por los artículos 172 y 174 del Código de Trabajo que lo impiden, por lo que los ministerios de Hacienda y de Trabajo y Seguridad Social deben acatarlo.
▶️ La ministra de Trabajo y Seguridad Social, Marta Esquivel Rodríguez, explicó que “la protección a la inembargabilidad del salario mínimo, tiene por objeto procurar el bienestar y la existencia digna, comprendidos en el artículo 57 de la Constitución Política y en el Convenio 95 de la Organización Internacional del Trabajo”.